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Reforma a la Justicia

 

A) Justicia Oportuna:

1) Eliminación del sistema penal acusatorio. (el cual fracasó estruendosamente, como lo confirma el alto índice de impunidad). – entre el 94% y el 97% -.

2) Regresar al sistema del juez Supremo director del proceso.

3) Mejorar los mecanismos auxiliares, técnicos y tecnológicos.

4) Regular permisos de funcionarios (serán estrictamente excepcionales, por calamidad doméstica). Los 60 días que arbitrariamente se toman los Magistrados y 36 de los jueces, cada año como si fuera “derecho adquirido”, constituyen una de las causas de la morosidad judicial.  Se requiere inculcar compromiso y mística.

5) Prohibición a funcionarios judiciales de dictar clases, cuando no se hallen al día en su despacho.

6) Implementar formatos para providencias de ágil configuración.

7) Proscripción del vencimiento de términos como causal de impunidad (sancionar dilaciones injustificadas). No será admisible más de una suspensión de audiencia en materia penal. 

8) Inadmisible resulta que mientras la policía se esfuerza por capturar a temibles y reconocidos integrantes de bandas criminales, éstos sean devueltos a la calle a los pocos días para que continúen delinquiendo, por el manido pretexto del “vencimiento de términos” (lo cual será causal de destitución). 

 

  1. B) Sistema Carcelario y Penitenciario:

Condenados: en colonias Agrícolas (Constelaciones agrícolas. Art. 18 E.P. y C.).                                                                                                     Sindicados: en cárceles. (Su situación jurídica deberá definirse, sin excusa  alguna, dentro del término improrrogable de seis (6) meses.

Código penitenciario y carcelario. (Ley 65 de 1.993 y Ley 170 de 2.014). 

  1. C) El estado de cosas inconstitucional (E.C.I), declarado por la corte constitucional, será de atención prioritaria e inmediata por el gobierno. (Tanto para el hacinamiento carcelario, como para la seguridad debida a los reinsertados, etc.).
  2. D) Quienes incurran en las contravenciones especiales que se tipificarán, serán internados en colonias agrícolas para su resocialización. Bastará, al efecto, prueba sumaria (como el informe de la policía).

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